Acuerdos de convivencia
Proceso de aplicación de medidas disciplinarias
Registro en bitácora
El docente que observa o recibe la falta la anota de inmediato en la bitácora o formato de registro: alumno, fecha, hora, lugar, hechos observados y acuerdo incumplido. Este registro es el punto de partida para canalizar la falta.
Tipificación de la falta
En colaboración con el titular, el preceptor u otro docente, se clasifica la falta como leve, moderada o grave según los acuerdos del ámbito correspondiente. La tipificación conjunta evita criterios aislados y asegura coherencia en la medida aplicable.
Imposición y cumplimiento de la medida
Se aplica la sanción o medida formativa indicada para el nivel tipificado (incluyendo la reparación del daño cuando corresponda). El docente o la autoridad designada verifica que el alumno cumpla la medida y comunica a la familia según la gravedad: leve por agenda, correo o llamada; moderada y grave con citatorio formal.
Aviso o corrección disciplinaria
Cuando la falta lo amerite —en especial moderadas reiteradas o graves—, se emite aviso disciplinario o corrección disciplinaria firmado por el alumno, los padres y la autoridad escolar. Este documento evidencia la falta y queda en el expediente para dar seguimiento ante reincidencias.
